4.4.2 RESERVAS Y ESTADOS QUE LAS INTERPUSIERON.
   
 

Brasil

Al ratificar el Protocolo sobre la Abolición de la Pena de Muerte, adoptado en Asunción, el 8 de junio de 1990, declaró, debido a imperativos constitucionales, que consignó la reserva, en los términos establecidos en el artículo II del Protocolo en cuestión, en el cual se asegura a los Estados partes el derecho de aplicar la pena de muerte en tiempo de guerra, de acuerdo al derecho internacional, por delitos sumamente graves de carácter militar.