5.1 | BREVE DESCRIPCIÓN DE LA PARTICIPACIÓN DE MÉXICO EN EL SISTEMA |
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La participación de México fue destacada en la formación de la Organización de los Estados Americanos, tanto en la redacción de la Carta constitutiva de este organismo como en el establecimiento del sistema interamericano de protección de los derechos humanos.
Nuestro país tuvo un papel preponderante en la gestación de la Organización de Estados Americanos durante la "Conferencia sobre Problemas de la Guerra y de la Paz" realizada en febrero-marzo de 1945, en la ciudad de México, por ello nombrada de Chapultepec. Cabe subrayar que en esta Conferencia los Estados Americanos se pronunciaron por un sistema internacional de tutela de los Derechos Humanos. En la Declaración de México, emanada de esta reunión se encargó al Comité Jurídico Interamericano la preparación de un proyecto de Convención sobre los derechos y deberes internacionales del hombre. Otra evidencia de la inclinación de México por la defensa de los derechos humanos se ha reflejado en la participación de eminentes juristas mexicanos como Presidentes de la Comisión Interamericana. Tales son los casos del Dr. Gabino Fraga, que participó de 1960 a 1979 en los trabajos desarrollados por la recién creada Comisión, de la cual fue Presidente durante el periodo 1967-1969, y la actuación del Dr. César Sepúlveda quien se desempeñó como funcionario de ella de 1980 a 1985 y ocupó la Presidencia de 1983 a 1985.
En el caso de la Corte Interamericana, el Dr. Héctor Fix-Zamudio fue juez de ese organismo jurisdiccional de 1986 a 1997, y ocupó la Presidencia de 1991 a 1993 y de 1994 a 1997. Por su parte, el Dr. Sergio García Ramírez se integró como juez de este tribunal en enero de 1998 y su mandato culminará en 2003.
No obstante, la relevante participación de mexicanos en el sistema interamericano, México se adhirió tardíamente a los instrumentos convencionales americanos sobre derechos humanos. En efecto, la Convención Americana sobre Derechos Humanos fue adoptada el 22 de noviembre de 1969 y entró en vigor general el 18 de julio de 1978, sin embargo, México se adhirió a este instrumento hasta el 24 de marzo de 1981 e inclusive formuló 3 reservas: al artículo 4 párrafo 1; al artículo 12 párrafo 3 y otra al artículo 23 párrafo 2 relativos al derecho a la vida, libertad de conciencia y de religión, y derechos políticos respectivamente.
Si bien, en 1981, al adherirse a la Convención México no aceptó la jurisdicción de la Corte Interamericana por considerar que en ese momento la legislación nacional preveía los recursos necesarios para corregir cualquier falla en la estructura de preservación de las garantías individuales y sociales en el país, en diciembre de 1998 el Senado de la República reconoció como obligatoria de pleno derecho, la competencia contenciosa de la Corte Interamericana, de conformidad con el artículo 62.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Fue el 16 de diciembre de 1998 cuando se depositó en la Secretaría General de la OEA el instrumento de aceptación del Gobierno de México de la competencia contenciosa de la Corte Interamericana. |
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